Raquel Sancho
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¿Cuánto puede tardar tu seguro en pagar una indemnización?

Raquel Sancho
21/9/2022

Una de las maneras más sencillas para saber cuánto puede tardar un seguro a pagar una indemnización, es acudiendo a la Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro. En esta norma se establece que la compañía aseguradora está obligada a pagar la indemnización al término de las peritaciones e investigaciones necesarias que sirvan para esclarecer la existencia del siniestro con las correspondientes culpas y el importe de los daños.

Conviene recordar que la indemnización es la cantidad de dinero que la compañía aseguradora está obligada a pagar en caso de siniestro. Este importe se pacta al firmar un contrato con el asegurado.

Dicho todo esto, vamos a ver cuánto tiempo hemos de aguardar para recibirla una vez que hemos sufrido un percance. De esta manera, se fija que en un plazo de 40 días a partir de la recepción de la declaración de siniestro, el asegurador deberá abonar el pago del importe mínimo. Si el asegurado está de acuerdo, el pago de la indemnización podrá sustituirse por la reposición o reparación de los daños.

mano con reloj

Por lo tanto, dispone de un máximo de 40 días. Aunque es cierto que en la práctica no es raro que se alargue algo más por la complejidad del asunto. Pero todavía cabe la posibilidad de que el tema no pueda ser resuelto y requiera la intervención de un juez porque la otra parte, por ejemplo, no reconoce su culpa. En este caso, sí hemos de ir a juicio porque los hechos no están claros. De este modo, el asunto se puede demorar varios meses más hasta que obtengamos el resultado de la sentencia.

Plazos para comunicar el accidente a tu seguro 

Una de las claves para que todo vaya sobre ruedas y pueda resolverse en el menor tiempo posible es que el titular de la póliza informe del siniestro a la compañía a la mayor brevedad posible. De esta manera, lo habitual es notificarlo de manera inmediata. No obstante, la ley concede al asegurado hasta 7 días de plazo para informar de los hechos, aunque no se descarta que en el contrato se haya establecido un plazo más amplio.

De esta manera, en cuanto los hechos se comunican, se pone en marcha todo el procedimiento por parte de la aseguradora. En concreto, hablamos de las siguientes fases:

  • Apertura del expediente una vez que se tiene constancia de que se ha producido un siniestro. En él se recopila la información que aporta el asegurado, además de todos los informes que se vayan solicitando.
  • Valoración del coste y constatación de que el asegurado está cubierto frente a esta clase de incidentes. En caso de que no lo esté, la aseguradora rechazará el parte. 
  • Peritaje, pues la intervención de un profesional como el perito es necesaria para poder valorar económicamente los daños, así como los hechos.
  • Resolución que es cuando, tras realizar todas las indagaciones precisas, la aseguradora ha de decidir si abona o no la indemnización. En el caso de que no lo haga debe aportar al asegurado todas las pruebas y explicaciones que sean pertinentes.
coche azul parado con mano poniendo triangulo

¿Cuándo puede negarse a pagar una aseguradora?

Por lo tanto, debe quedar claro que es obligación del asegurado proporcionar a la compañía todos los detalles acerca de los hechos ocurridos en un parte de siniestros dentro del plazo señalado anteriormente. En el caso de que de manera intencionada omitiera algún dato, el asegurado podría perder su derecho a a recibir la indemnización.

Además, debemos tener presente que, tras la valoración del siniestro, la aseguradora puede llegar a una de las siguientes conclusiones:

  • El siniestro no está cubierto por la póliza, así que no recibiremos una indemnización por parte de la compañía que se desentiende de su pago, ya que no es su responsabilidad.
  • El siniestro está cubierto por la póliza. En este caso la compañía asume la  indemnización o la reparación de los daños.
  • No es fácil determinar las posibles responsabilidades y la aseguradora necesita más tiempo para poder valorar todo y recabar las pruebas que considere.
dos coches que han chocado

Por supuesto, también puede suceder que no estemos de acuerdo con el importe que se pretende abonar por parte de la aseguradora. En este caso, según el artículo 38 del Contrato del Seguro, cada parte podrá designar un perito. Es necesario que conste por escrito su aceptación. Si una de las partes no hubiera designado ninguno, estará obligada a hacerlo en los ocho días siguientes a la fecha en el que le sea requerido. Si finalmente hiciera oídos sordos a esta petición, se entiende que acepta el dictamen que emita el perito de la otra parte y, por lo tanto, estará obligado a cumplirlo.

Pero, como decíamos, lo más normal es que ambas partes nombren a un perito. En tales situaciones es posible que no lleguen a un acuerdo, y el juez o notario escoja a un tercero. Estos tres profesionales deberán decidir por unanimidad la cantidad que deberá cobrar el asegurado. Después de todo este proceso, la compañía dispone de cinco días para pagar el importe del siniestro. También puede suceder que una de las dos partes desee impugnar. En tal caso hablamos de un plazo diferente en función de si es la compañía la que lo hace, pues a esta se le ofrecería un periodo de 30 días para hacerlo, mientras que, en el caso de ser el asegurado, este último tiene ante sí un periodo mucho más extenso; en concreto, 6 meses para impugnar.

¿Qué hacer si se retrasa la indemnización del seguro?

Recuerda que si la aseguradora se demora, y no se ciñe a los 40 días indicados arriba, está obligada, según el artículo 20 de la Ley del Contrato del Seguro, a pagar “un interés anual igual al del interés legal del dinero vigente en el momento en que se devengue, incrementado en el 50 %”. Estos intereses empezarán a contarse desde el mismo día en el que se produjo el accidente. Si transcurren dos años desde la mencionada fecha, el interés anual no podrá ser inferior al 20 %.

En cualquier caso, y siempre con el propósito de aligerar los trámites, debemos tener presentes las siguientes cautelas cuando suframos un accidente con otro coche:

  • Intentar llegar a un acuerdo en el mismo lugar de los hechos con la otra parte.
  • Si no hay consenso, es recomendable llamar a la policía para que elabore un atestado en el que consigne todos los datos y haga una primera estimación de la posible responsabilidad de los vehículos implicados.
  • En el caso de que el otro coche se dé a la fuga, conviene tomar sus datos para identificarlo.
  • Se recomienda tomar fotografías de los daños en ambos automóviles para adjuntarlos al parte que se mandará a la aseguradora.
  • Si el conductor o cualquiera de los pasajeros sufren daños y tienen que acudir a urgencias, se debe detallar en el parte médico que la lesión deriva de un accidente.

Sin duda, cuanto antes nos pongamos en contacto con la compañía, mejor para nuestros intereses dado que se activará toda la maquinaria necesaria para la tramitación y posterior aprobación de la indemnización que tanto nos urge y a la que tenemos derecho.

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