Sin duda, montar en bicicleta es todo un placer dado que nos ahorra atascos, nos facilita el aparcamiento y nos permite mantenernos en forma mientras nos dirigimos al trabajo o volvemos de él. Además, nos sirve para ahorrar gasolina y mejorar nuestro ánimo, dado que liberamos hormonas de la felicidad. Dicho así, parece que nos sobran los motivos para montar en bicicleta.
Pero es cierto que los ciclistas y sus pasajeros –solo los menores de 7 años pueden hacerlo– están más expuestos a los accidentes y, en consecuencia, hay que esforzarse un poco más en esta cuestión.
¿Cómo debe circular un ciclista?
En este sentido, la DGT nos suministra unas pautas obligatorias para que circular en bicicleta no suponga una renuncia a la seguridad. Por supuesto, hablamos de la convivencia con el resto de usuarios de la vía, como vehículos y peatones, a los que conviene tener muy en cuenta. Vamos a centrarnos primera en las normas que deben seguir para transitar por la ciudad:
- Está terminantemente prohibido emplear el móvil mientras se conduce en bicicleta por ciudad. Tampoco se permite usar auriculares conectados a receptores o reproductores de sonido, ya que distraen e impiden que percibamos lo que sucede a nuestro alrededor.
- La tasa máxima de alcoholemia también afecta a los ciclistas y, por supuesto, pueden ser sancionados por ello.
- Únicamente se puede llevar a un pasajero adicional en la bicicleta en su asiento reglamentario cuando este sea menor de 7 años y el conductor supere la mayoría de edad. De lo contrario, no solo ponemos en peligro su vida, sino que también nos supondrá una multa de 100 euros.
- Se ha de circular en bicicleta por carretera siempre que sea posible por el carril bici, ya sea en ciudad o por carretera.
- Si se circula de noche, en pasos inferiores o por túneles, es necesario llevar las luces encendidas tanto delante como detrás a fin de ser visibles para el resto de usuarios de la vía. No hacerlo puede entrañar una multa de 200 euros.
- Es obligatorio respetar los pasos de peatones y deben ceder el paso en caso de encontrarse con uno. También cuando giran para entrar en otra vía y nos encontremos con peatones cruzando, a pesar de que no haya un paso de cebra. También es una conducta sancionable con hasta 200 euros.
- Advertir de la frenada a los vehículos que vayan detrás. Para esto es necesario mover el brazo alternativamente de arriba abajo, con movimientos cortos y rápidos.
- Los usuarios de bicicletas gozan de prioridad de paso con respecto a los vehículos de motor cuando circulan por un carril bici o por un arcén debidamente señalizado.
- Las señales de tráfico y semáforos vinculan tanto a los conductores de vehículos a motor como a los ciclistas que deben atenerse a ellas.
- En el caso de que sea un menor de 16 años, es obligatorio que use casco cuando transita por la ciudad. Superada esta edad, ya no es obligatorio, aunque sí recomendable.
- Para cruzar un paso de peatones es obligatorio descender de la bicicleta y cruzarlo andando.
- En la ciudad se debe transitar a la derecha de la vía y respetando una distancia de seguridad con el bordillo o con los vehículos aparcados.
- No está permitido circular por la acera, al menos que se haya establecido expresamente un uso compartido de la misma entre ciclistas y peatones.
Además, si somos aficionados a la bicicleta de carretera y nos gusta transitar por estas vías secundarias en cuanto tenemos ocasión, debemos tener muy presentes las siguientes obligaciones que nos marca la ley:
- Circular de noche por tramos de carretera exige, además de encender las luces, que el conductor lleve una prenda reflectante que permita que puedan ser distinguidos a 150 metros de distancia.
- Los ciclistas deben usar un casco de protección homologado en carretera, con la excepción de que se encuentren en subidas prolongadas, exista una razón médica o el calor sea extremo. Por supuesto, es necesario abrocharlo correctamente, ya que de lo contrario su presencia es completamente inútil.
- Los ciclistas podrán circular en filas de dos en la carretera y lo más próximos a la derecha que sea posible. En tramos como curvas o cuando no haya visibilidad, deberán colocarse en hilera.
Equipamiento para circular en bici con seguridad
En el apartado anterior ya hemos mencionado algunos elementos de seguridad necesarios para circular en bici como el casco o el chaleco reflectante. No obstante, podemos añadir algunos más:
- Unos guantes antideslizantes y resistentes al desgarro a fin de conseguir un agarre del manillar mucho más efectivo y seguro.
- Una protección de rodillas para reducir los efectos de los accidentes o caídas.
¿Qué cubre un seguro de bicicleta?
Conducir una bicicleta siempre entraña riesgos, ya sea porque nos accidentemos o porque nos roben cualquier elemento o la propia bici. Por este motivo, cada vez hay más personas que prefieren contratar la tranquilidad que les proporciona un seguro de bicis. Esta clase de pólizas, como la que encontrarás en Cleverea, ofrecen todas las garantías que necesitas:
- Responsabilidad civil.
- Robo de bicicleta.
- Daños del vehículo.
- Asistencia en carretera.
Aunque es cierto que la ley no obliga a su contratación, sí que es aconsejable hacerlo, sobre todo si hacemos un uso bastante intenso de la bicicleta. Estamos ante pólizas que por muy poco dinero, ofrecen mucho y, en consecuencia, pueden jugar un importante papel llegado el momento.
Permiten, así mismo, que puedan ser contratados de manera online y que incluso puedas dejarlo en cualquier momento si el servicio no te satisface.
Lo cierto es que es tal la efervescencia que están experimentando las bicicletas en las diferentes ciudades del mundo que en ciertos países como el Reino Unido se están planteando no solo la obligación de que suscriban un seguro para ahorrar posibles problemas frente a terceros, sino también a que cuenten con una matrícula al igual que sucede con los vehículos a motor.
De hecho, y aunque ahora pueda parecer extraño, antiguamente las bicicletas en España contaban con matrículas. Además, en los últimos años la DGT ha llegado a coquetear con tal posibilidad.